viernes, febrero 16, 2007

ASAMBLEA DEL SITPRENCH EN JORNADA


Se informó a los trabajadores sobre la forma de liquidar las vacaciones.


El Secretario General del SITPRENCH, Fernando "Peri" Guerrieri, secundado por el adjunto de la entidad, Hugo Pafumi, encabezaron la asamblea informativa para trabajadores del diario Jornada en la ciudad de Trelew, la que se desarrolló en la propia redacción del medio. Estuvieron presentes en la ocasión también, el Delegado del sindicato en dicha empresa, Alberto Evans y la actual Secretaria Administrativa del SITPRENCH, Silvia Soto.


El motivo de la reunión fueron las dudas existentes entre el personal entorno a la liquidación de la licencia por vacaciones, y el pago o compensación por los feriados nacionales trabajados. Guerrieri detalló lo normado por ley con relación a este tema y dejó en claro la forma en que Jornada debió haber cancelado las vacaciones a sus trabajadores, como asimismo se respondió a cuanta consulta surgió de entre los trabajadores que se desempeñan en la redacción del medio gráfico, de forma tal de evacuar las dudas que existieran sobre el particular. Como lo había dado a conocer oportunamente la actual conducción del SITPRENCH, se realizarían permanentes asambleas en los medios para mantener una relación estrecha con los afiliados y trabajadores de prensa en general.


Jornada, como otras empresas del sector, no había cancelado los períodos de vacaciones tal cual lo determina la legislación vigente y según se pudo conocer, la liquidación de días por feriados nacionales tampoco. Algo que fue materia de conversación entre la conducción del SITPRENCH y personal directo de la empresa, en procura de corregir de la mejor manera el tema. Mientras existe una presentación formulada por el sindicato por ante la Autoridad Laboral ya que, Jornada había incurrido en el incumplimiento, y tal cual se accionó de igual forma con otras empresas.


Es oportuno destacar que, es la primera vez que los trabajadores de prensa, merced a las gestiones emprendidas por el sindicato, perciben la licencia por vacaciones conforme se encuentra ordenado por los Estatutos del sector, la Ley de Contrato de Trabajo y el Convenio Colectivo de Trabajo Nº240/75, ya que no existía un ejercicio de cumplimiento sobre la materia por parte de los medios de la zona, los que, deberán corregir cuanto incumplimiento en temas laborales incurran.


siprenurgente




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